Hoy vamos a hablaros de un tema necesario que os crea muchas dudas y preguntas, entre ellas, ¿cómo doy de alta el chip de mi mascota? ¿Qué hago si me cambio de domicilio? ¿Y de comunidad autónoma? ¿Cuándo necesito un pasaporte para mi mascota? ¿Para qué vale la cartilla de mi mascota? A estas y otras preguntas trataremos de darles respuesta en este post.
¿PARA QUE SIRVE LA CARTILLA VETERINARIA?
La cartilla veterinaria sirve para llevar un control exhaustivo de la salud de nuestro animal, tanto de vacunaciones, como de desparasitaciones, como de otros datos adicionales reseñables.
¿CÓMO TIENE QUE ESTAR RELLENA?
En primer lugar, obviamente debe estar rellena con una letra clara y legible.
La primera página de la cartilla debe estar rellena con los datos del animal: (especie, raza, fecha de nacimiento, sexo, pelo, color, nombre y número de microchip). En la parte de abajo debe estar escrito el nombre del veterinario junto con su número de colegiado, su firma y el sello de la clínica.
La segunda página va destinada a los datos del propietario, con dos apartados tanto para poner solo un propietario como para dos: (Nombre, apellidos, dirección, localidad, provincia, teléfono, móvil, código postal, correo electrónico, D.N.I y firma).
La tercera y cuarta van destinadas a las vacunaciones de la rabia, y a partir de ahí, tenemos un apartado llamado EL CACHORRO que está ideado para llevar un control del animal desde la primo vacunación, hasta el primer año de vida.
Después se continúa con el apartado de EL ADULTO, que está pensado para llevar el control tanto de las vacunaciones, que a partir de un año ya serán anuales, como de las desparasitaciones del animal desde el año de vida hasta el fallecimiento del animal.
Finalmente, en la parte de atrás, tenemos un apartado llamado DATOS CLÍNICOS DE INTERÉS, que sirve para anotar datos reseñables, como reacciones alérgicas a algún alimento, a vacunas, test que se le han realizado al animal, medicaciones a las que es intolerante etc.
¿CUÁNDO NECESITO UN PASAPORTE?
El pasaporte, nos permite desplazar a nuestra mascota dentro de la Unión Europea.
Una vez que hayamos adquirido el pasaporte, este sustituirá a la cartilla y a partir de ese momento las vacunaciones, desparasitaciones etc, deberán ser anotadas en el pasaporte.
Si deseamos viajar fuera de la Unión Europea, el pasaporte no es válido, por lo que necesitaríamos obtener un Certificado Oficial de Exportación, acudiendo con un certificado de salud que se obtiene en los centros veterinarios y que acredita que el animal se encuentra en un correcto estado de salud, a una de las oficinas que expiden Certificados Oficiales de Exportación en la Comunidad de Madrid.
Los requisitos para viajar con nuestra mascota varían en función del país de destino y del tipo de animal, por lo que antes de viajar debemos asegurarnos bien de los requisitos llamando al Consulado del país de destino.
¿Cómo actualizo los datos del microchip de mi mascota si me cambio de casa o de teléfono?
Para actualizar los datos de nuestra mascota debemos tener en cuenta el tiempo que hace que se le dio de alta el microchip.
Si hemos dado el alta del chip unos días atrás en una clínica veterinaria y nos hemos dado cuenta de que queremos adjuntar otro número de teléfono, o añadir algún dato adicional, debemos acercarnos al centro donde se la implantó el microchip al animal, y si aún no han mandado la copia del alta al R.I.A.C, podrán tener acceso a la solicitud y modificar los datos.
En caso de que haga más tiempo desde que realizamos el alta, y ya tenga la solicitud el R.I.A.C, el centro veterinario ya no tendrá acceso a los datos, y éstos deberán ser cambiados o actualizados poniéndose en contacto con el R.I.A.C (REGISTRO INFORMATIZADO DE ANIMALES DE COMPAÑÍA)
¿Cuándo y cómo hacer un cambio de propietario?
-Para realizar un cambio de propietario en el chip de la mascota, lo primero que debemos tener en cuenta es que el anterior propietario nos está cediendo al animal, con lo cual para poder realizar el cambio, es necesario que el anterior propietario nos facilite un escrito realizado por él, en el que nos especifique su deseo de cedernos al animal.
Dicho escrito debe estar firmado tanto por el anterior propietario, como por el nuevo, y debe estar acompañado de una fotocopia por ambas caras del D.N.I del antiguo propietario.
Finalmente, con esta documentación debemos dirigirnos a una clínica veterinaria y explicarles que venimos a realizar un cambio de propietario en el microchip de la mascota, y que traemos la documentación requerida.
Ellos accederán desde el ordenador a la página del Registro Informatizado de Animales de Compañía, y realizarán el cambio.
Finalmente, deberán darte tres hojas para que las firmes, y las firmarán ellos también, junto con el sello del centro. Una copia será para el nuevo propietario, otra para la clínica, y la última deberá ser enviada, junto con la autorización y la fotocopia del D.N.I del anterior propietario, al Registro Informatizado de Animales de Compañía, que son los que finalmente, realizarán el cambio.
¿Cuándo y cómo hacer un cambio de comunidad autónoma?
-Para registrar a un animal en una nueva Comunidad Autónoma, lo primero que debemos realizar es dar de baja al animal en la anterior Comunidad para luego poder darlo de alta en la comunidad autónoma nueva.
Vamos a ver qué pasos hacen falta para dar de baja un animal.
Dar de baja un animal en el registro
-Para dar de baja a un animal en el Registro Informatizado de Animales de Compañía deben darse uno de estos tres motivos:
- Que el propietario vaya a trasladar al animal a otra comunidad autónoma.
- Que el propietario vaya a trasladar al animal a otro Estado
. Que el animal haya fallecido.
Si se da una de las tres opciones, debes dirigirte a una clínica veterinaria y manifestarles tu deseo de dar de baja al animal en el R.I.A.C. Una vez allí debes especificar porque motivo de los tres descritos arriba deseas realizar la baja.
En caso de fallecimiento deberán darte en el centro dos copias para que firmes y que también firmará la clínica junto con su sello. Una copia será para el propietario y la otra la clínica deberá enviarla al R.I.A.C
En caso de traslado a otra comunidad o estado, el procedimiento será el mismo, solo que cambiando el motivo, y también deberá tener una copia el propietario y la otra el registro.
En este caso deberá informarse al propietario que si damos de baja al animal en la comunidad autónoma, el animal quedará con el chip implantado pero sin que quede dado de alta en ningún lugar, con lo cual cuando se traslade a la nueva comunidad autónoma deberá dirigirse a una clínica veterinaria y dar de alta al animal en la nueva comunidad.
Tras realizar este paso, debemos acudir a una Clínica Veterinaria de la nueva Comunidad Autónoma, con el certificado de baja que nos lo habrán tenido que facilitar cuando acudimos a dar de baja al animal en el anterior centro, y nuestro D.N.I, y simplemente deberá realizarse un alta nueva, mandando la copia junto con la baja en la anterior Comunidad, al nuevo registro de animales.
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